jueves, octubre 3, 2024

Cuatro años de cárcel a quien tenga covid-19 y ande en la calle

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Cualquier persona diagnosticada con coronavirus o presente síntomas deberá aislarse, de lo contrario podrán ser investigadas por la comisión del delito de peligro de contagio, el cual se castiga hasta con 4 años de prisión.

De acuerdo con el decreto que publicó el día de hoy el Gobierno del Estado, alerta a cualquier persona que diagnosticada con coronavirus (COVID-19), deberá permanecer aislada o resguardarse sn su domicilio, además, aquellos ciudadanos que presenten síntomas deberían informarlo de inmediato a su médico o autoridades a través del 911.

“A quien incumplan las disposiciones contenidas en el presente Acuerdo podrán ser investigadas por la posible comisión del delito de peligro de contagio previsto en el Código Penal del Estado y los demás que resulten aplicables”, señala el artículo décimo tercero del decreto 049/2020 del Gobierno del Estado y que se publicó hoy en el Periódico Oficial del Estado.

Cabe mencionar que el artículo 157 del Código Penal del Estado de Chihuahua estipula el delito de Peligro de Contagio, el cual se castiga de seis meses a cuatro años de prisión.

PELIGRO DE CONTAGIO

Artículo 157. A quien sabiendo que padece una enfermedad grave en período infectante, ponga en peligro de contagio a otro, por relaciones sexuales u otro medio transmisible, siempre y cuando la víctima no tenga conocimiento de esa circunstancia, se le impondrán prisión de seis meses a cuatro años y de cincuenta a trescientos días multa. Si la enfermedad padecida fuera incurable, o la víctima fuera la pareja habitual, se impondrán prisión de seis meses a diez años y de quinientos a dos mil días multa. Este delito se perseguirá previa querella.

tiempo.com.mx

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