RESPALDA CORTE A LA UIF; IMPIDE A JUECES EVITAR BLOQUEO DE CUENTAS

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los jueces federales no deben suspender los bloqueos de cuentas que ordene la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) con lo que «blinda» a esa instancia federal para combatir el «lavado de dinero».

En este caso, los ministros señalan que los casos de amparo no deben conceder suspensiones para levantar por completo los bloqueos de cuenta.

Los miembros de la SCJN decidieron lo anterior por mayoría al revocar una sentencia de una jueza del Jalisco que permitió en marzo de 2025 a un presunto lavador de dinero el acceso a sus cuentas que antes la UIF le bloqueó.

El máximo tribunal asegura que el bloqueo de activos «no se trata de una sanción definitiva ni de una medida de carácter penal», sino de una «medida cautelar de naturaleza administrativa».

Ya en abril, la Corte avaló facultades de la UIF de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para bloquear cuentas sin orden judicial.

En ese entonces, determinó que era constitucional la facultad de la UIF para bloquear cuentas sin orden judicial cuando existan «indicios suficientes» sobre la posible relación con delitos de financiamiento al terrorismo y operaciones con recursos de procedencia ilícita.

Con esa decisión se dejó sin efecto una jurisprudencia de la anterior Corte que limitaba el bloqueo de cuentas.

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