La diputada Edith Palma Ontiveros, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, ha propuesto una reforma que, entre otros puntos, contempla un aumento de sanciones a toda persona que provoque incendios forestales en los municipios de la Sierra Tarahumara.
Durante la más reciente sesión ordinaria del Congreso de Chihuahua, que se llevó a cabo éste jueves, la legisladora presentó una iniciativa con carácter de decreto orientada a reformar y adicionar diversas disposiciones del Código Penal del Estado, la Ley de Desarrollo Forestal Sustentable y la Ley Estatal de Educación.
Información de la Comisión Nacional Forestal (Conafor), que citó Palma Ontiveros, revela 595 incendios han afectado los bosques de Chihuahua de enero a 18 de septiembre del año en curso, que se traduce en 203 mil 304.59 hectáreas consumidas por el fuego, con prominencia en Madera y en el Área Natural Protegida de Tutuaca.
De acuerdo con la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp), en Tutuaca habitan «una diversidad de ecosistemas que la convierten en refugio para una variedad de especies», entre ellas el oso negro americano, la cotorra serrana occidental, el águila real, el pinabete espinoso y diferentes tipos de cactáceas endémicas de la zona y de alto valor ecológico.
En sus arboledas —pino y encino— viven también el ardillón de la Sierra Madre, la cascabel de cola negra, el rodapiedras mexicano, el búho moteado, la codorniz de moctezuma, entre otras. Y entre su flora se encuentran el cuatolotlanenzi, coyamol, maguey de colibrí, entre otras especies, algunas con más de 200 años de edad.
La diputada morenista alertó que, de éste deterioro ambiental, cuanto menos el 24.5% de los siniestros han sido intencionales, por factores como actividad agrícola. En tal sentido busca reformar el Artículo 360 Bis del Código Penal, para establecer como pena máxima hasta sesenta mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), es decir, un total de $7 millones 919 mil 800 pesos, además de entre dos y seis años de cárcel.
Por otra parte, pretende incluir la figura de responsabilidad imprudencial, que, en caso de generar daño al ecosistema, será objeto de una tensa de seis meses a dos años de prisión. Sin embargo, a través de una reforma al Artículo 53 a la Ley de Desarrollo Forestal, establece que la multa económico se establecerá a la mitad de lo antes mencionado.
Va encaminada además a modificar el Artículo 76 de la Ley Estatal de Educación. Se establecería de tal manera la obligación de que, en las regiones con vocación forestal, el servicio social universitario capacite y genere conciencia respeto a la importancia de prevenir los incendios.
La iniciativa con carácter de decreto será turnada a Comisiones, cuyos integrantes habrán de sesionar y analizar el contenido del documento para su eventual votación. De ser aprobada, será sometida a consideración del Pleno y, en caso de recibir la mayoría de sufragios, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
