lunes, enero 27, 2025

¿ME PUEDO QUEDAR CON LA CASA QUE RENTO? ESTO DICE LA LEY

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Si rentas una casa o departamento seguramente te has preguntado si te puedes quedar con la vivienda una vez que cumplas varios años viviendo en ella; esta es una de las dudas más comunes entre las personas que alquilan un inmueble.

Rentar una casa o departamento es una de las opciones más viables para aquellas personas que tienen el interés de vivir de forma independiente, con su pareja o amigos, y formar un hogar propio sin tener que desembolsar una gran cantidad de dinero para comprar una vivienda.

Lo primero que debes tomar en cuenta es que quedarse con la casa que rentas depende de varios factores legales y del acuerdo que tengas con el dueño.

De acuerdo con el Código Civil Federal de México, no puedes quedarte con la casa que rentas ya que hay un contrato de por medio que establece un goce temporal del inmueble.

En el artículo 2398 de dicho Código se establece lo siguiente sobre el acuerdo para la renta entre el arrendatario y el arrendador: “Hay arrendamiento cuando las dos partes contratantes se obligan recíprocamente, una, a conceder el uso o goce temporal de una cosa, y la otra, a pagar por ese uso o goce un precio cierto. El arrendamiento no puede exceder de diez años para las fincas destinadas a habitación y de veinte años para las fincas destinadas al comercio o a la industria”.

Si quieres quedarte con la casa que rentas informa a tu arrendador sobre tus intenciones y pregunta si desea vender la casa o departamento en el que habitas. La única forma en la que puedes quedarte con la casa que rentas es si hay una negociación directa.

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