En medio de la más reciente sesión ordinaria del Congreso, el diputado local Alfredo Chávez Madrid, coordinador de la bancada del Partido Acción Nacional (PAN), ha propuesto crear la Ley de Fomento de la Inteligencia Artificial, que regula la utilización de ésta herramienta tecnológica.
El objetivo de la iniciativa —según describió el legislador— consiste en sentar las bases para un desarrollo armónico, inclusivo y humanista de la IA, que contribuya a garantizar el uso de la IA en contextos que garanticen el respeto a los derechos humanos, la equidad, la transparencia, la no discriminación y la rendición de cuentas.
«Vivimos en un momento histórico marcado por la acelerada transformación tecnológica. La IA […] ha dejado de ser un asunto exclusivo de la ciencia ficción o del ámbito académico para convertirse en un fenómeno con impactos concretos y profundos en nuestra vida cotidiana, nuestras instituciones y en la estructura misma del Estado», dijo.
La Ley de Fomento de la Inteligencia Artificial se compone de cinco títulos. El primero, que contiene las disposiciones generales, que, entre otros puntos, prohibe la manipulación de contenido que cause daño físico o psicológico y la identificación biométrica remota en espacios públicos.
El título segundo enmarca los derechos de los que gozará toda persona que interactúe con la IA: la no discriminación por razones étnicas, de género, de edad, religión, orientación sexual, discapacidad, condición socioeconómica, ideología o idioma; y a la protección de sesgos de algoritmos o de procesos automatizados o de toma de decisiones.
Por medio de un título tercero se establece la creación de un Consejo Estatal de Inteligencia Artificial, autoridad competente para aplicar, vigilar y promover el cumplimiento de la Ley en coordinación de otras dependencias estatales y municipales, instituciones académicas y sectores productivos.
El título cuarto, por su parte, pone en marcha el Registro Estatal de Sistemas de Inteligencia Artificial (REESIA), que funcionará como una base de datos y clasificará a la IA según su nivel de seguridad o peligrosidad y las entidades públicas encargadas de su desarrollo.
El quinto título define como sectores estratégicos para la regulación de la IA aquellos que afecten derechos fundamentales reconocidos en la Constitución o en tratados internacionales o que tomen decisiones automatizadas con consecuencias legales, como las encargadas en materia de salud, justicia, educación, seguridad pública, entre otros.
La iniciativa será turnada a Comisiones, cuyos integrantes habrán de sesionar y analizar el contenido del documento para su eventual votación. De ser aprobada, será sometida a consideración del Pleno y, en caso de recibir la mayoría de sufragios, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.







