CHIHUAHUA.- El Congreso del Estado aprobó por mayoría de votos la iniciativa con carácter de decreto que eleva a rango constitucional el derecho humano al uso del agua para fines agrícolas y ganaderos. Iniciativa dirigida a los tres niveles de gobierno para que, así, implementen políticas públicas que garanticen la producción de alimentos básicos.
Durante el Sexto Período Extraordinario de Sesiones, llevado a cabo este jueves 12 de junio a las 11 de la mañana, el diputado Arturo Zubía Fernández, del Partido Acción Nacional, sometió a consideración del Pleno la iniciativa que reforma el Artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de acceso, disposición y saneamiento del agua para el fomento de actividades económicas del campo.
El dictamen fomenta la aplicación de medidas gubernamentales tendientes no sólo a la conservación del agua, sino también a su utilización racional en la siembra, la tecnificación de los sistemas de riego, la utilización de aguas residuales tratadas, el mejoramiento de semillas resistentes a las sequías, entre otras prácticas.
«No sólo requerimos del vital líquido para vivir, sino también de los alimentos de los cuales obtenemos los nutrientes, proteínas, minerales y vitaminas y demás elementos esenciales. […] Debemos tomar acciones públicas que tengan como prioridad, por una parte, la conservación y aprovechamiento sustentable del agua; y por otra, la utilización de los avances de la tecnología que nos permita producir alimentos y lograr ahorros de agua», dijo.
Al leer el contenido del dictamen Zubía Fernández hizo énfasis en la importancia de garantizar el acceso de agua para los trabajadores del campo, sobre todo en consideración a los altos niveles de sequía que imperan en el Estado de Chihuahua, pues en gran parte del territorio persisten los dos indicadores más graves del fenómeno: sequía extrema (D3) y, en menor medida, sequía excepcional (D4).
La iniciativa adiciona un párrafo al final del Artículo 4, el cual indicaría lo siguiente —las comillas resaltan la modificación—: «Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho prioritario y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines. Asimismo, el Estado reconocerá y garantizará el acceso al agua, para fines productivos en el sector primario, particularmente en la agricultura, ganadería, silvicultura y demás actividades económicas del medio rural, promoviendo un uso sustentable y equitativo del recurso, sin menoscabo del derecho humano anteriormente señalado».
A partir de la entrada en vigor del Decreto el Congreso de la Unión dispondrá de un plazo de noventa días naturales para realizar las adecuaciones necesarias a la Ley.
